CIMTRA HERRAMIENTA
En éste apartado podrás consultar la información requerida por el Colectivo de CIMTRA Municipal, grupo de organizaciones civiles de alianza voluntaria cuyo objetivo es evaluar y fomentar la transparencia en los gobiernos y congresos locales para mejorar la rendición de cuentas y el marco normativo en la materia, mediante la aplicación de herramientas de medición, evaluación y seguimiento.
BLOQUE I. GASTOS
Nota: Los gastos de comunicación social en materia de difusión de programas de protección civil, salud y seguridad pública se consideran exentos del tope de 0.3% del presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente, de acuerdo al artículo 13 de la Ley de Austeridad y Ahorro del Estado de Jalisco y sus Municipios.
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BLOQUE II. OBRAS
BLOQUE III. BIENES Y USOS
BLOQUE IV. ADMINISTRACIÓN
Comité de Adquisiciones Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Municipio de Lagos de Moreno.
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Reglamento Municipal
Comité de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco. (Selección de Integrantes)
Articulo 91.- Dentro de los primeros treinta días del periodo constitucional de la administración municipal de que se trate, el Pleno del Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal, integrará el Comité con los representantes del sector privado que fungirán como vocales, mientras que no exista representación de las organizaciones empresariales establecidas en el numeral 2 del artículo 25 de la Ley.
Para ello, los vocales serán designados preferentemente por analogía de las organizaciones empresariales correspondientes.
Si con posterioridad de la designación mencionada en el párrafo anterior, existiera representación de las organizaciones empresariales señaladas en la Ley, éstas reemplazaran a los representantes del sector público que hubieren sido designados en su lugar por analogía, dentro de los siguientes treinta días de su instalación.
Artículo 92.- Además de los integrantes señalados en la Ley y en el presente Reglamento, deberá considerarse la presencia del Secretario de Finanzas como vocal permanente, quien a su vez podrá nombrar un suplente, en los términos dispuestos del artículo 25, numeral 4 de la Ley.
Programas Federales
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Programas Estatales
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Programas Regionales
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PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN (APLICA A TODOS)
Toda persona que tenga interés en prestar sus servicios para el Ayuntamiento de Lagos de Moreno el procedimiento es el siguiente:
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS DE PRIMER INGRESO.
El Municipio empleará a los Servidores Públicos de primer ingreso, que sean necesarios para la prestación de servicios, procederá a emplear a la persona que juzgue conveniente conforme a los requerimientos y perfiles del puesto.
PROCEDIMIENTO DE TERMINACIÓN LABORAL EN GENERAL
Artículo 22.‑Ningún servidor público de base o empleado público podrá ser cesado sino por causa justificada conforme a los siguientes casos:
III. Por conclusión de la obra o vencimiento del término para que fue contratado o nombrado el servidor;
Por la incapacidad permanente del servidor, física o mental, que le impida la prestación del servicio, dejando a salvo los derechos laborales que salvaguarden las instituciones de seguridad social;
Por el cese dictado por el titular de la entidad pública en donde preste sus servicios a través del procedimiento administrativo de responsabilidad laboral establecido en el artículo 26 de esta ley, en cualquiera de los siguientes casos:
Para efectos de lo dispuesto en el inciso a) de la fracción V de este artículo, se entiende por:
a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas;
b) Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos; y
c) Acoso Laboral, es el ataque sistemático reiterado contra la autoestima de una persona en el trabajo para hacerla sentir excluida, maltratada o subvalorada, alterando su derecho al trabajo.
Artículo 23.‑ El servidor público cesado o despedido injustificadamente, podrá solicitar a su elección, ante el Tribunal de Arbitraje y Escalafón, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.
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Informes mensuales
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Informe trimestral y anual
Evaluaciones y Encuestas
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BLOQUE V. URBANIDAD
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BLOQUE VI. CONSEJOS
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CONSEJOS Y COMITÉS MUNICIPALES VIGENTES DONDE AL MENOS EL 51 % DE SUS INTEGRANTES PROCEDEN DE LA SOCIEDAD CIVIL. | Vista previa |
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CONSEJOS Y COMITÉS MUNICIPALES VIGENTES DONDE AL MENOS EL 51 % DE SUS INTEGRANTES PROCEDEN DE LA SOCIEDAD CIVIL. | Vista previa |
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BLOQUE VII. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Comités de Participación Social.
BLOQUE VIII. CABILDO
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DE LAS SESIONES DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO 2021-2024
CON FUNDAMENTO EN EL REGLAMENTO DEL GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE LAGOS DE MORENO, JALISCO.
DE LA CONVOCATORIA. Las Sesiones del Pleno del Ayuntamiento, serán convocadas por el Presidente Municipal, por conducto de la Secretaría General, por escrito y se celebraran con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes. (Artículo 136)
CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA. La convocatoria para sesión deberá señalar el tipo de sesión a la cual se cita y contener el lugar, el día, la hora y el orden del día de los asuntos a tratar. (Artículo 137)
ENTREGA DE LA CONVOCATORIA Y DOCUMENTOS A TRATAR. La convocatoria y los documentos a tratar en las sesiones ordinarias y solemnes deberán entregarse a los munícipes, como mínimo, con veinticuatro horas de anticipación. (Artículo 138)
ORDEN DEL DÍA DE LAS SESIONES ORDINARIAS.
I. Lista de asistencia, determinación del quórum y declaración de legal instalación de la sesión.
II. Lectura, discusión y aprobación, en su caso, de la orden del día.
III. Lectura, discusión y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.
IV. Lectura y turno, en su caso, a comisiones de las comunicaciones recibidas.
V. Presentación de iniciativas y turno, en su caso, a comisiones edilicias.
VI. Lectura, discusión y aprobación, en su caso, de los dictámenes y puntos de acuerdo.
VII. Asuntos generales. (Artículo 139)
CASOS DE EXCEPCIÓN PARA CONVOCAR A SESIÓN.
Si por iniciativa de los integrantes del Ayuntamiento, se pide al Presidente Municipal que convoque a sesión, y no lo hace, en el plazo de un mes:
I. La mayoría de los integrantes del Ayuntamiento podrá citar en los términos del presente capítulo.
II. La convocatoria deberá ser comunicada al Presidente Municipal con una anticipación de setenta y dos horas. (Artículo 140)
CLASIFICACIÓN DE LAS SESIONES.
Las sesiones del Ayuntamiento pueden ser ordinarias, extraordinarias y solemnes, conforme a lo siguiente:
I. Son sesiones ordinarias, por regla general, todas las sesiones del Ayuntamiento;
II. Son sesiones extraordinarias, las que se celebran para tratar asuntos urgentes relacionados con la atención de los servicios públicos indispensables para la población; y aquellas que se efectúen para elegir al Presidente Municipal, en los casos previstos en la Ley del Gobierno Municipal; y
III. Son sesiones solemnes las que se celebran para la conmemoración de aniversarios históricos y para la realización de aquellos actos o ceremonias análogas en importancia, cuando así lo determine el Ayuntamiento; y aquéllas en que concurran representantes de los Poderes de la Federación o del Estado, personalidades distinguidas de los Estados de la República u otros países. (Artículo 141)
PUBLICIDAD DE LAS SESIONES Y CASOS DE EXCEPCIÓN.
Las sesiones del Ayuntamiento son públicas, salvo aquellas que por causas justificadas y previo acuerdo del Ayuntamiento se celebren sin permitir el acceso al público ni a los servidores públicos
municipales.
Son sesiones con carácter de reservadas, las que versen sobre asuntos de seguridad pública; cuando exista algún riesgo inminente que ponga en peligro la gobernabilidad o la tranquilidad de la población; o cuando por la naturaleza del asunto tenga que ver con cuestiones internas del Ayuntamiento.
Cuando el público asistente a las sesiones no guarde el orden debido, el Presidente Municipal puede auxiliarse de la fuerza pública para desalojar el recinto en donde sesione el Ayuntamiento. (Artículo 142)
CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES
Las sesiones se celebran, conforme a la convocatoria respectiva, en el Salón de Plenos o, en su caso, en el lugar que previamente acuerde el Ayuntamiento.
EI Ayuntamiento tiene la obligación de celebrar una sesión como mínimo al mes. (Artículo 143)
VALIDEZ DE LAS SESIONES.
El Ayuntamiento sesiona válidamente con la asistencia de la mayoría de sus integrantes, pero contando necesariamente con la presencia del Presidente Municipal o del munícipe que designe el Ayuntamiento para conducir la sesión en ausencia del mismo, en los términos dispuestos por la Ley del Gobierno Municipal. (Artículo 144)
INSTALACIÓN DE LA SESIÓN.
La Secretaría General verificará la existencia de quórum, debiendo comunicarlo al Presidente Municipal. Hecho lo anterior, se declarará instalada la sesión. (Artículo 145)
DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DE LOS ASUNTOS.
Una vez instalada la sesión, son discutidos y, en su caso, votados los asuntos contenidos en el orden del día, excepto cuando con base a consideraciones fundadas, el propio Ayuntamiento acuerde posponer la discusión o votación de algún asunto en particular. (Artículo 146)
Aquí podrás consultar los videos de las sesiones de cabildo.
ACTAS DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL 2021-2024.
Currículums de Cuerpo Edilicio, Funcionarios de Primer Nivel y Directorio General
BLOQUE IX. ATENCIÓN CIUDADANA
TRÁMITE DE LICENCIAS Y AMPLIACIÓN DE CONSTRUCCIÓN.
En la Dirección de Ordenamiento del Territorio de Lagos de Moreno Jalisco, la licencia de construcción como la de ampliación / remodelación siguen el mismo trámite.
Teléfono: (474) 403 1047
Correo electrónico:ordenamientodelterritorio@ldm.gob.mx
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PAGO DE MULTAS DE TRÁNSITO.
El Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jalisco no cuenta con el servicio y/o atribución de cobrar multas de Tránsito, por lo que no se publica información al respecto, por ser competencia del Gobierno del Estado.
No obstante se informa que el pago de infracciones lo puede hacer en la recaudadora estatal foránea #50 con ubicación y datos de contacto en:
REGISTRO DE BIENES INMUEBLES EN CATASTRO MUNICIPAL.
El trámite del registro de un bien inmueble en la Dirección de Catastro se realiza de manera presencial, sin que sea necesario el llenado y presentación de formato preestablecido.
Teléfono: 474 741 2116 y 474 741 2717
Correo electrónico: catastro@ldm.gob.mx
SOLICITUD DE PERMISO PARA LA EXPLOTACIÓN DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICA.
Correo electrónico: padronylicencias@ldm.gob.mx
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PERMISO PARA LA OPERACIÓN DE NEGOCIOS O RENOVACIÓN DEL MISMO.
Correo electrónico:padronylicencias@ldm.gob.mx
Número para presentar una solicitud de información:
Utiliza el formato correspondiente y preséntala en las oficinas de la Unidad de Transparencia o por correo electronico en la siguiente dirección: utilagosdemoreno@gmail.com ó
Ingresa https://www.plataformadetransparencia.org.mx/
Ventanilla o estructura para presentar una solicitud de información:
Adicionalmente, puedes realizar una DENUNCIA ante el Órgano Interno de Control a través de:
Unidad de Transparencia e Información Pública Municipal del Ayuntamiento de Lagos de Moreno.
Estimado ciudadano, para la presentación de SOLICITUDES DE INFORMACIÓN se cuenta con varias opciones.
1. PERSONALMENTE.
Se pueden presentar utilizando el formato de Solicitud, en:
Calle Nicolás Bravo No. 714, C.P. 47400, Centro, Lagos de Moreno, Jalisco.
Horario de atención: 09:00 a 16:00 horas para la presentación de solicitudes y entrega de información.
2. POR INTERNET.
Por medio del Correo electrónico a: utilagosdemoreno@gmail.com con el título “Solicitud de Información”
Solicitud de información vía SISAI 2.0 o Plataforma Nacional de Transparencia.
Primero deberás estar registrado. Una vez registrado, con tu nombre de usuario y contraseña, podrás solicitar la información que requieras por parte del Ayuntamiento.