CIMTRA | Ciudadanos por municipios Transparentes

En éste apartado podrás consultar la información requerida por el Colectivo de CIMTRA Municipal, grupo de organizaciones civiles de alianza voluntaria cuyo objetivo es evaluar y fomentar la transparencia en los gobiernos y congresos locales para mejorar la rendición de cuentas y el marco normativo en la materia, mediante la aplicación de herramientas de medición, evaluación y seguimiento.

BLOQUE I. GASTOS

1.1. Información de gastos de comunicación social. 1.2. Comparación directamente contra el monto del año pasado. 1.3. Desglose por nombre de la empresa o razón social y se incluye su RFC 1.4. La publicación del listado incluye el número de factura(s) y fecha de emisión.
2.1. En forma global.
2.2. Desglosado por individuo.
2.3. Desglosado por viaje realizado.

3.1 En forma global. 3.2 Desglosa por individuo (por Regidor y Síndico). 3.3 Desglosa por viaje realizado.
4.1 En forma global
4.2 Desglosa por individuo (por Regidor y Síndico)
4.3 Desglosa por fracción partidista
4.4 Publicación del listado de beneficiarios que recibieron apoyos por cada Regidor y/o por sus oficinas de Enlace.

Gasto por concepto de asesorías.
5.1. Pago de asesorías. 5.2. Desglose por nombre de la empresa, institución y/o individuos y RFC. 5.3. Concepto de cada una de las asesorías. 5.4. Informes y/o reportes de las asesorías.
Informes de las asesorías recibidas.
Cuenta Pública.
6.1. Resultados de la dictaminación de los  estados financieros. 6.2. La deuda pública, fecha de contratación, responsable de la contratación, monto de crédito, tasas de interés y plazo de vencimiento. 6.3. Resultados de las auditorias internas y/o externas al ejercicio presupuestal con aclaraciones. 6.4. El gasto ejercido y desglosado para cubrir el o los contratos colectivos sindicales y/o de beneficio para los trabajadores (cuando no existan sindicatos)
Cuenta Pública Anual
Dictaminación de los Estados Financieros.
Deuda Pública. 
Auditorias Externas.
Auditorias Internas.
Desglose de recursos otorgados a Sindicatos del Ayuntamiento de Lagos de Moreno.
Condiciones Generales de Trabajo para el Ayuntamiento de Lagos de Moreno.
7.1. Nombre del proveedor y RFC. 7.2. Monto de venta del proveedor y folio de factura(s). 7.3. Producto/Servicio que el proveedor vende al Municipio.

BLOQUE II. OBRAS

8.1 Publica listado completo de contratos de obras y servicios (incluye fechas).
8.2 En todos los contratos listados aparecen montos de las obras y servicios, así como su monto inicial y final para el caso de las obras.
8.3 En todos los contratos listados aparece el nombre de los proveedores y su RFC.
8.4 En todos los contratos listados se incluyen el nombre de los dueños o representantes legales de las empresas proveedoras.

9.1 Publica listado completo de contratos de obras y servicios (incluye fechas), así como sus respectivas características, dimensiones y lugar de obra / servicio. 9.2 En todos los contratos listados aparecen montos de las obras y servicios, así como su monto inicial y final para el caso de las obras. 9.3 En todos los contratos listados aparece el nombre del proveedor y su RFC. 9.4 En todos los contratos listados se incluyen el nombre de los dueños o representantes legales de las empresas proveedoras.
10.1 Publica listado de últimos tres años. 10.2 El listado incluye tipo, medida y localización de obra. 10.3 El listado incluye monto de inversión original y final por obra.
11.1 Publica listado completo de propuestas de obras COPLADEMUN.
11.2 El listado distingue las obras seleccionadas por el COPLADEMUN para realizarse y aquellas validadas por el Ayuntamiento.
11.3 Publica acta o acuerdo del Ayuntamiento donde se registra el motivo o razón para seleccionar cada obra.

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12.1 Publica listado de obras realizadas con ramo 33. 12.2 Publica listado de comunidades y población destinatarias. 12.3 Publica obra realizada con ramo 33 de los últimos 3 años.

BLOQUE III. BIENES Y USOS

13.1 El listado tiene el nombre/descripción de cada bien inmueble (arrendado). 13.2 El listado señala el nombre del arrendatario y su RFC. 13.3 El listado señala el monto de arrendamiento de cada bien inmueble. 13.4 El listado incluye la fecha (día, mes y año) desde que se arrenda cada uno de los bienes inmuebles.
14.1 El listado tiene el nombre/descripción de cada bien inmueble (arrendado). 14.2 El listado señala los montos de arrendamiento por inmueble. 14.3 El listado señala el nombre de la persona física o moral y su RFC a la que se le arriendan los inmuebles. 14.4 El listado incluye la fecha (día, mes y año) desde que se arrenda cada uno de los bienes inmuebles. 14.5 El listado describe muy brevemente para qué se arrienda cada bien inmueble (el uso que se le da).
15.1 El listado incluye el nombre/descripción del bien inmueble y localización. 15.2 El listado incluye el valor actualizado anual y la clave de registro de cada bien inmueble.
16.1 El listado incluye la marca y modelo del bien mueble. 16.2 El listado incluye el valor actualizado anual del bien mueble (excepto mobiliario de oficinas). 16.3 El listado incluye la clave de registro del bien mueble. 16.4 El listado tiene rubros de clasificación (autos, camionetas, maquinaria, etc.) 16.5 El listado incluye a que dependencia está asignada el bien mueble. 16.6 El listado describe el estado del bien (desuso, reparación, uso).

BLOQUE IV. ADMINISTRACIÓN

17.1 Existe el Comité y se publica acta de su instalación.
17.2 El Comité tiene un reglamento interno
17.3 El reglamento describe el método de selección de integrantes.
17.4 Existen actas de sesiones que incluyan fecha, orden del día y asuntos tratados.
17.5 El reglamento indica la obligatoriedad de integrantes de la sociedad civil en el Comité y además se aplica (hay integrantes de este sector).
Comité de Adquisiciones Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Municipio de Lagos de Moreno.

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Reglamento Municipal

Comité de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios  del Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco. (Selección de Integrantes)
 
Articulo 91.- Dentro de los primeros treinta días del periodo constitucional de la administración municipal de que se trate, el Pleno del Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal, integrará el Comité con los representantes del sector privado que fungirán como vocales, mientras que no exista representación de las organizaciones empresariales establecidas en el numeral 2 del artículo 25 de la Ley.
Para ello, los vocales serán designados preferentemente por analogía de las organizaciones empresariales correspondientes.
Si con posterioridad de la designación mencionada en el párrafo anterior, existiera representación de las organizaciones empresariales señaladas en la Ley, éstas reemplazaran a los representantes del sector público que hubieren sido designados en su lugar por analogía, dentro de los siguientes treinta días de su instalación.
Artículo 92.- Además de los integrantes señalados en la Ley y en el presente Reglamento, deberá considerarse la presencia del Secretario de Finanzas como vocal permanente, quien a su vez podrá nombrar un suplente, en los términos dispuestos del artículo 25, numeral 4 de la Ley.
18.1 Existe y publica listado/registro de los programas sociales (federales, estatales, municipales y/o mixtos). 18.2 El listado/registro incluye el nombre y objetivo del o los programas. 18.3 El listado/registro describe los criterios de aplicación de los programas. 18.4 El listado/registro incluye el monto destinado a los programas por año. 18.5 El listado/registro define el área responsable del o los programas. 18.6 El listado/registro incluye una lista de beneficiarios del programa (s).
 
Programas Federales
Programas Estatales
Programas Regionales


19.1 Empleado/a / funcionario/a de base. 19.2 Empleado/a / funcionario/a por honorarios. 19.3 Empleado/a / funcionario/a de confianza.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN (APLICA A TODOS)

Toda persona que tenga interés en prestar sus servicios para el Ayuntamiento de Lagos de Moreno el procedimiento es el siguiente:

1.- Revisa la solicitud de personal y verifica que efectivamente exista la vacante en la plantilla del personal.
2.- Identifica al candidato propuesto por la Dirección que envía la solicitud.
3.- Cita al candidato para realizar la entrevista.
4.- Realiza la Entrevista
5.- Si cubre el perfil se llama al candidato para informarle que fue seleccionado y se solicita la documentación requerida para su ingreso.
6.- Llena el formato de designación de beneficiarios.
7.- Elabora el nombramiento.
8.- Alta IMSS
9.- Fotografía para su respectivo gafete.
10.- Se indica el área donde tendrá que presentarse.
11.- Curso de inducción.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS DE PRIMER INGRESO.

 El Municipio empleará a los Servidores Públicos de primer ingreso, que sean necesarios para la prestación de servicios, procederá a emplear a la persona que juzgue conveniente conforme a los requerimientos y perfiles del puesto.

PROCEDIMIENTO DE TERMINACIÓN LABORAL EN GENERAL

1.- Firma convenio de la terminación de la relación laboral.
2.- Recibe el movimiento de la baja.
3.- Se solicita los no adeudos.
4.- Calcula finiquito.
5.- Verifica los no adeudos.
6.- Inicia tramite para el pago de finiquito ante Hacienda Municipal.
7.- Tramite de cheque ante Hacienda Municipal.
8.- Integra documentación para comprobación.
9.- Comprueba ante Hacienda Municipal.
10.- Archiva Expediente.

Artículo 22.‑Ningún servidor público de base o empleado público podrá ser cesado sino por causa justificada conforme a los siguientes casos:

Por renuncia o abandono del empleo;
Por muerte o jubilación del servidor público;

III. Por conclusión de la obra o vencimiento del término para que fue contratado o nombrado el servidor;

Por la incapacidad permanente del servidor, física o mental, que le impida la prestación del servicio, dejando a salvo los derechos laborales que salvaguarden las instituciones de seguridad social;

Por el cese dictado por el titular de la entidad pública en donde preste sus servicios a través del procedimiento administrativo de responsabilidad laboral establecido en el artículo 26 de esta ley, en cualquiera de los siguientes casos:

a) Incurrir el servidor durante sus labores en faltas de probidad y honradez, en actos de violencia, amagos, injurias, malos tratos, hostigamiento, acoso sexual o acoso laboral en contra de sus jefes, compañeros, subordinados, o contra los valores de unos u otros, dentro de las horas de servicio y en los lugares del desempeño de labores, salvo que medie provocación o que obre en legítima defensa.
b) Cometer el servidor contra alguno de sus compañeros cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ello se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo;
c) Cometer el servidor, contra el Titular de la Entidad Pública, sus jefes o contra los valores de uno u otro, fuera del servicio y del lugar de desempeño de labores, alguno de los actos a que se refiere el inciso a), si son de tal manera  graves que  hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo;
d) Por faltar más de 3 días consecutivos a sus labores sin permiso y sin causa justificada, o cuando dichas faltas de asistencia las tuviere por cuatro ocasiones en un lapso de 30 días, aunque estas no fueren consecutivas;
e) Ocasionar el servidor intencionalmente daños materiales graves en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo; o causar dichos daños con negligencia tal, que ella sea la causa del perjuicio;
f) Por cometer actos inmorales durante el trabajo;
g) Comprometer con su imprudencia, descuido o negligencia la seguridad de la oficina, del taller o del lugar donde preste sus servicios o de las personas que ahí se encuentren;
h) Por revelar los asuntos secretos o reservados de que tuviese conocimiento con motivo de su trabajo;
i) Desobedecer el servidor sin justificación las órdenes que reciba de sus superiores;
j) Concurrir el servidor a sus labores en estado de embriaguez, o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante salvo que en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su trabajo el servidor deberá poner el hecho en conocimiento de su jefe inmediato y presentar la prescripción suscrita por el médico;
k) Por falta comprobada al cumplimiento de las condiciones generales de trabajo vigentes en la Entidad Pública, siempre que ésta sea grave;
l) Por prisión que sea el resultado de una sentencia ejecutoriada siempre que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo. Cuando esta sentencia sea absolutoria al servidor deberá reintegrársele a sus labores; debiéndosele liquidar sus sueldos cuando haya obrado en defensa de los intereses de la Entidad Pública;
m) Por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 55 y 56, o por la violación de las prohibiciones del artículo 56-Bis de esta ley, de acuerdo con la valoración de la gravedad de la falta; y

Para efectos de lo dispuesto en el inciso a) de la fracción V de este artículo, se entiende por:

a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas;

b) Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos; y

c) Acoso Laboral, es el ataque sistemático reiterado contra la autoestima de una persona en el trabajo para hacerla sentir excluida, maltratada o subvalorada, alterando su derecho al trabajo.

Artículo 23.‑ El servidor público cesado o despedido injustificadamente, podrá solicitar a su elección, ante el Tribunal de Arbitraje y Escalafón, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.

Oficio CGAIG/2303/2021 
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20.1 Existe listado (incluye fechas; día, mes y año).
20.2 El listado describe tipo de donativo y/o apoyo.
20.3 El listado desglosa el monto del o los donativos y/o apoyos.
20.4 El listado incluye el nombre de beneficiario o beneficiarios ya sean personas físicas o morales y su RFC.
20.5 El listado incluye los criterios generales para otorgar donativos y/o apoyos.

 

21.1 Existe listado (incluye fechas; día, mes y año). 21.2 El listado describe tipo de subsidio. 21.3 El listado desglosa el monto del subsidio aprobado y periodo de vigencia. 21.4 El listado incluye el nombre de beneficiario o beneficiarios ya sean personas físicas o morales y su RFC. 21.5 Población beneficiada estimada con el subsidio. 21.6 Se publica el documento, acta o minuta oficial que aprueba el subsidio.
22.1 Existe listado (incluye fechas; día, mes y año).
22.2 El listado describe el donativo y/o comodato.
22.3 El listado desglosa el monto del o los donativos y/o comodatos.
22.4 El listado incluye el nombre del o los donatarios, ya sean personas físicas o morales, y su RFC.

23.1 Listado de licencias de construcción por mandato judicial. 23.2 Listado de permisos de giros comerciales por mandato judicial. 23.3 Listado de resolutivos de laudos laborales emitidos por mandato judicial.
24.1 Publica el listado de indicadores por dependencia municipal y su ficha técnica.
24.2 Publica la meta y resultados al menos semestrales para cada indicador.
Informes mensuales

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Informe trimestral y anual

Evaluaciones y Encuestas

25.1 Publica los montos de los subejercicios de programas sociales (federales, estatales, municipales). 25.2 Publica destino de los recursos arriba señalados.
Nota: Se informa que no se han generado subejercicios en los programas sociales 2023 en virtud de que la vigencia de los mismos es anual.
26.1 Publica ingresos extras (federales, estatales). 26.2 Publica destino, utilización y comprobación de los recursos arriba señalados.
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BLOQUE V. URBANIDAD

27.1 Publican registro de cambios de zonificación y uso de suelo aprobados por el Ayuntamiento (la información publicada debe incluir lugar, medidas físicas y modificación del uso; de residencial a comercial, de residencia a industrial, etc.)
27.2 Publican el dictamen o estudio técnico de la dependencia competente que sustente los cambios de zonificación y uso de suelo,
27.3 Publican mapa con los usos de suelo actualizado por cada modificación (cambio) de zonificación y uso de suelo.

28.1 Publica listado de todos los permisos otorgados para construir fraccionamientos nuevos (debe incluir fecha –día, mes y año-, nombre del fraccionamiento nuevo y ubicación). 28.2 El listado incluye nombre y RFC de la compañía constructora del fraccionamiento nuevo.
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BLOQUE VI. CONSEJOS

29.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre el acta de instalación de cada uno de los Consejos/Comités municipales que se evalúan.

30. El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre la realización de la convocatoria pública para invitar y seleccionar a los integrantes ciudadanos de cada uno de los Consejos/Comités municipales que se evalúan.
31.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre que al menos el 51% de los miembros de los Consejos/Comités Municipales que se evalúan proceden de la sociedad civil (no funcionario público de algún orden de gobierno u organismo público).

32.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre la existencia de reglamento(s) de formación y/o de operación aprobados por el Cabildo para los Consejos/Comités Municipales que se evalúan e indican las reglas específicas para elegir a sus miembros.

33.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre si en el o los reglamentos de los Consejos/Comités Municipales se establece que la selección de los nuevos integrantes ciudadanos debe realizarse a mitad del periodo de gobierno o de forma escalonada o que el cambio no se dé al inicio de la Administración. Lo anterior para garantizar y/o asegurar la continuidad de los trabajos.

34.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre si son públicas (en versión impresa o electrónica) el total de actas o minutas de las reuniones del o los Consejos/Comités Municipales celebradas desde el inicio de la presente administración.

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35.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre si se establece en los reglamentos del o los Consejos/Comités Municipales que las sesiones ordinarias y extraordinarias sean públicas (con acceso para el ciudadano):