CIMTRA HERRAMIENTA

En éste apartado podrás consultar la información requerida por el Colectivo de CIMTRA Municipal, grupo de organizaciones civiles de alianza voluntaria cuyo objetivo es evaluar y fomentar la transparencia en los gobiernos y congresos locales para mejorar la rendición de cuentas y el marco normativo en la materia, mediante la aplicación de herramientas de medición, evaluación y seguimiento.

 

BLOQUE I. GASTOS

1.1. Información de gastos de comunicación social. 1.2. Comparación directamente contra el monto del año pasado. 1.3. Desglose por nombre de la empresa o razón social y se incluye su RFC 1.4. La publicación del listado incluye el número de factura(s) y fecha de emisión.
2.1. En forma global.
2.2. Desglosado por individuo.
2.3. Desglosado por viaje realizado.

3.1 En forma global. 3.2 Desglosa por individuo (por Regidor y Síndico). 3.3 Desglosa por viaje realizado.
4.1 En forma global
4.2 Desglosa por individuo (por Regidor y Síndico)
4.3 Desglosa por fracción partidista
4.4 Publicación del listado de beneficiarios que recibieron apoyos por cada Regidor y/o por sus oficinas de Enlace.

Gasto por concepto de asesorías.
5.1. Pago de asesorías. 5.2. Desglose por nombre de la empresa, institución y/o individuos y RFC. 5.3. Concepto de cada una de las asesorías. 5.4. Informes y/o reportes de las asesorías.
Informes de las asesorías recibidas.
Cuenta Pública.
6.1. Resultados de la dictaminación de los  estados financieros. 6.2. La deuda pública, fecha de contratación, responsable de la contratación, monto de crédito, tasas de interés y plazo de vencimiento. 6.3. Resultados de las auditorias internas y/o externas al ejercicio presupuestal con aclaraciones. 6.4. El gasto ejercido y desglosado para cubrir el o los contratos colectivos sindicales y/o de beneficio para los trabajadores (cuando no existan sindicatos)
Cuenta Pública Anual
Dictaminación de los Estados Financieros.
Deuda Pública. 
Auditorias Externas.
Auditorias Internas.
Desglose de recursos otorgados a Sindicatos del Ayuntamiento de Lagos de Moreno.
Condiciones Generales de Trabajo para el Ayuntamiento de Lagos de Moreno.
7.1. Nombre del proveedor y RFC. 7.2. Monto de venta del proveedor y folio de factura(s). 7.3. Producto/Servicio que el proveedor vende al Municipio.
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BLOQUE II. OBRAS

8.1 Publica listado completo de contratos de obras y servicios (incluye fechas).
8.2 En todos los contratos listados aparecen montos de las obras y servicios, así como su monto inicial y final para el caso de las obras.
8.3 En todos los contratos listados aparece el nombre de los proveedores y su RFC.
8.4 En todos los contratos listados se incluyen el nombre de los dueños o representantes legales de las empresas proveedoras.

9.1 Publica listado completo de contratos de obras y servicios (incluye fechas), así como sus respectivas características, dimensiones y lugar de obra / servicio. 9.2 En todos los contratos listados aparecen montos de las obras y servicios, así como su monto inicial y final para el caso de las obras. 9.3 En todos los contratos listados aparece el nombre del proveedor y su RFC. 9.4 En todos los contratos listados se incluyen el nombre de los dueños o representantes legales de las empresas proveedoras.
10.1 Publica listado de últimos tres años. 10.2 El listado incluye tipo, medida y localización de obra. 10.3 El listado incluye monto de inversión original y final por obra.
11.1 Publica listado completo de propuestas de obras COPLADEMUN.
11.2 El listado distingue las obras seleccionadas por el COPLADEMUN para realizarse y aquellas validadas por el Ayuntamiento.
11.3 Publica acta o acuerdo del Ayuntamiento donde se registra el motivo o razón para seleccionar cada obra.

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12.1 Publica listado de obras realizadas con ramo 33. 12.2 Publica listado de comunidades y población destinatarias. 12.3 Publica obra realizada con ramo 33 de los últimos 3 años.
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BLOQUE III. BIENES Y USOS

13.1 El listado tiene el nombre/descripción de cada bien inmueble (arrendado). 13.2 El listado señala el nombre del arrendatario y su RFC. 13.3 El listado señala el monto de arrendamiento de cada bien inmueble. 13.4 El listado incluye la fecha (día, mes y año) desde que se arrenda cada uno de los bienes inmuebles.
14.1 El listado tiene el nombre/descripción de cada bien inmueble (arrendado). 14.2 El listado señala los montos de arrendamiento por inmueble. 14.3 El listado señala el nombre de la persona física o moral y su RFC a la que se le arriendan los inmuebles. 14.4 El listado incluye la fecha (día, mes y año) desde que se arrenda cada uno de los bienes inmuebles. 14.5 El listado describe muy brevemente para qué se arrienda cada bien inmueble (el uso que se le da).
15.1 El listado incluye el nombre/descripción del bien inmueble y localización. 15.2 El listado incluye el valor actualizado anual y la clave de registro de cada bien inmueble.
16.1 El listado incluye la marca y modelo del bien mueble. 16.2 El listado incluye el valor actualizado anual del bien mueble (excepto mobiliario de oficinas). 16.3 El listado incluye la clave de registro del bien mueble. 16.4 El listado tiene rubros de clasificación (autos, camionetas, maquinaria, etc.) 16.5 El listado incluye a que dependencia está asignada el bien mueble. 16.6 El listado describe el estado del bien (desuso, reparación, uso).

BLOQUE IV. ADMINISTRACIÓN

17.1 Existe el Comité y se publica acta de su instalación.
17.2 El Comité tiene un reglamento interno
17.3 El reglamento describe el método de selección de integrantes.
17.4 Existen actas de sesiones que incluyan fecha, orden del día y asuntos tratados.
17.5 El reglamento indica la obligatoriedad de integrantes de la sociedad civil en el Comité y además se aplica (hay integrantes de este sector).
Comité de Adquisiciones Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Municipio de Lagos de Moreno.

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Reglamento Municipal

Comité de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios  del Municipio de Lagos de Moreno, Jalisco. (Selección de Integrantes)
 
Articulo 91.- Dentro de los primeros treinta días del periodo constitucional de la administración municipal de que se trate, el Pleno del Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal, integrará el Comité con los representantes del sector privado que fungirán como vocales, mientras que no exista representación de las organizaciones empresariales establecidas en el numeral 2 del artículo 25 de la Ley.
Para ello, los vocales serán designados preferentemente por analogía de las organizaciones empresariales correspondientes.
Si con posterioridad de la designación mencionada en el párrafo anterior, existiera representación de las organizaciones empresariales señaladas en la Ley, éstas reemplazaran a los representantes del sector público que hubieren sido designados en su lugar por analogía, dentro de los siguientes treinta días de su instalación.
Artículo 92.- Además de los integrantes señalados en la Ley y en el presente Reglamento, deberá considerarse la presencia del Secretario de Finanzas como vocal permanente, quien a su vez podrá nombrar un suplente, en los términos dispuestos del artículo 25, numeral 4 de la Ley.
18.1 Existe y publica listado/registro de los programas sociales (federales, estatales, municipales y/o mixtos). 18.2 El listado/registro incluye el nombre y objetivo del o los programas. 18.3 El listado/registro describe los criterios de aplicación de los programas. 18.4 El listado/registro incluye el monto destinado a los programas por año. 18.5 El listado/registro define el área responsable del o los programas. 18.6 El listado/registro incluye una lista de beneficiarios del programa (s).
 
Programas Federales
Programas Estatales
Programas Regionales


19.1 Empleado/a / funcionario/a de base. 19.2 Empleado/a / funcionario/a por honorarios. 19.3 Empleado/a / funcionario/a de confianza.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN (APLICA A TODOS)

Toda persona que tenga interés en prestar sus servicios para el Ayuntamiento de Lagos de Moreno el procedimiento es el siguiente:

1.- Revisa la solicitud de personal y verifica que efectivamente exista la vacante en la plantilla del personal.
2.- Identifica al candidato propuesto por la Dirección que envía la solicitud.
3.- Cita al candidato para realizar la entrevista.
4.- Realiza la Entrevista
5.- Si cubre el perfil se llama al candidato para informarle que fue seleccionado y se solicita la documentación requerida para su ingreso.
6.- Llena el formato de designación de beneficiarios.
7.- Elabora el nombramiento.
8.- Alta IMSS
9.- Fotografía para su respectivo gafete.
10.- Se indica el área donde tendrá que presentarse.
11.- Curso de inducción.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS DE PRIMER INGRESO.

 El Municipio empleará a los Servidores Públicos de primer ingreso, que sean necesarios para la prestación de servicios, procederá a emplear a la persona que juzgue conveniente conforme a los requerimientos y perfiles del puesto.

PROCEDIMIENTO DE TERMINACIÓN LABORAL EN GENERAL

1.- Firma convenio de la terminación de la relación laboral.
2.- Recibe el movimiento de la baja.
3.- Se solicita los no adeudos.
4.- Calcula finiquito.
5.- Verifica los no adeudos.
6.- Inicia tramite para el pago de finiquito ante Hacienda Municipal.
7.- Tramite de cheque ante Hacienda Municipal.
8.- Integra documentación para comprobación.
9.- Comprueba ante Hacienda Municipal.
10.- Archiva Expediente.

Artículo 22.‑Ningún servidor público de base o empleado público podrá ser cesado sino por causa justificada conforme a los siguientes casos:

Por renuncia o abandono del empleo;
Por muerte o jubilación del servidor público;

III. Por conclusión de la obra o vencimiento del término para que fue contratado o nombrado el servidor;

Por la incapacidad permanente del servidor, física o mental, que le impida la prestación del servicio, dejando a salvo los derechos laborales que salvaguarden las instituciones de seguridad social;

Por el cese dictado por el titular de la entidad pública en donde preste sus servicios a través del procedimiento administrativo de responsabilidad laboral establecido en el artículo 26 de esta ley, en cualquiera de los siguientes casos:

a) Incurrir el servidor durante sus labores en faltas de probidad y honradez, en actos de violencia, amagos, injurias, malos tratos, hostigamiento, acoso sexual o acoso laboral en contra de sus jefes, compañeros, subordinados, o contra los valores de unos u otros, dentro de las horas de servicio y en los lugares del desempeño de labores, salvo que medie provocación o que obre en legítima defensa.
b) Cometer el servidor contra alguno de sus compañeros cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ello se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo;
c) Cometer el servidor, contra el Titular de la Entidad Pública, sus jefes o contra los valores de uno u otro, fuera del servicio y del lugar de desempeño de labores, alguno de los actos a que se refiere el inciso a), si son de tal manera  graves que  hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo;
d) Por faltar más de 3 días consecutivos a sus labores sin permiso y sin causa justificada, o cuando dichas faltas de asistencia las tuviere por cuatro ocasiones en un lapso de 30 días, aunque estas no fueren consecutivas;
e) Ocasionar el servidor intencionalmente daños materiales graves en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo; o causar dichos daños con negligencia tal, que ella sea la causa del perjuicio;
f) Por cometer actos inmorales durante el trabajo;
g) Comprometer con su imprudencia, descuido o negligencia la seguridad de la oficina, del taller o del lugar donde preste sus servicios o de las personas que ahí se encuentren;
h) Por revelar los asuntos secretos o reservados de que tuviese conocimiento con motivo de su trabajo;
i) Desobedecer el servidor sin justificación las órdenes que reciba de sus superiores;
j) Concurrir el servidor a sus labores en estado de embriaguez, o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante salvo que en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su trabajo el servidor deberá poner el hecho en conocimiento de su jefe inmediato y presentar la prescripción suscrita por el médico;
k) Por falta comprobada al cumplimiento de las condiciones generales de trabajo vigentes en la Entidad Pública, siempre que ésta sea grave;
l) Por prisión que sea el resultado de una sentencia ejecutoriada siempre que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo. Cuando esta sentencia sea absolutoria al servidor deberá reintegrársele a sus labores; debiéndosele liquidar sus sueldos cuando haya obrado en defensa de los intereses de la Entidad Pública;
m) Por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 55 y 56, o por la violación de las prohibiciones del artículo 56-Bis de esta ley, de acuerdo con la valoración de la gravedad de la falta; y

Para efectos de lo dispuesto en el inciso a) de la fracción V de este artículo, se entiende por:

a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas;

b) Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos; y

c) Acoso Laboral, es el ataque sistemático reiterado contra la autoestima de una persona en el trabajo para hacerla sentir excluida, maltratada o subvalorada, alterando su derecho al trabajo.

Artículo 23.‑ El servidor público cesado o despedido injustificadamente, podrá solicitar a su elección, ante el Tribunal de Arbitraje y Escalafón, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.

Oficio CGAIG/2303/2021 
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20.1 Existe listado (incluye fechas; día, mes y año).
20.2 El listado describe tipo de donativo y/o apoyo.
20.3 El listado desglosa el monto del o los donativos y/o apoyos.
20.4 El listado incluye el nombre de beneficiario o beneficiarios ya sean personas físicas o morales y su RFC.
20.5 El listado incluye los criterios generales para otorgar donativos y/o apoyos.

 

21.1 Existe listado (incluye fechas; día, mes y año). 21.2 El listado describe tipo de subsidio. 21.3 El listado desglosa el monto del subsidio aprobado y periodo de vigencia. 21.4 El listado incluye el nombre de beneficiario o beneficiarios ya sean personas físicas o morales y su RFC. 21.5 Población beneficiada estimada con el subsidio. 21.6 Se publica el documento, acta o minuta oficial que aprueba el subsidio.
22.1 Existe listado (incluye fechas; día, mes y año).
22.2 El listado describe el donativo y/o comodato.
22.3 El listado desglosa el monto del o los donativos y/o comodatos.
22.4 El listado incluye el nombre del o los donatarios, ya sean personas físicas o morales, y su RFC.

23.1 Listado de licencias de construcción por mandato judicial. 23.2 Listado de permisos de giros comerciales por mandato judicial. 23.3 Listado de resolutivos de laudos laborales emitidos por mandato judicial.
24.1 Publica el listado de indicadores por dependencia municipal y su ficha técnica.
24.2 Publica la meta y resultados al menos semestrales para cada indicador.
Informes mensuales

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Informe trimestral y anual

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Evaluaciones y Encuestas

25.1 Publica los montos de los subejercicios de programas sociales (federales, estatales, municipales). 25.2 Publica destino de los recursos arriba señalados.
Nota: Se informa que no se han generado subejercicios en los programas sociales 2023 en virtud de que la vigencia de los mismos es anual.
26.1 Publica ingresos extras (federales, estatales). 26.2 Publica destino, utilización y comprobación de los recursos arriba señalados.
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BLOQUE V. URBANIDAD

27.1 Publican registro de cambios de zonificación y uso de suelo aprobados por el Ayuntamiento (la información publicada debe incluir lugar, medidas físicas y modificación del uso; de residencial a comercial, de residencia a industrial, etc.)
27.2 Publican el dictamen o estudio técnico de la dependencia competente que sustente los cambios de zonificación y uso de suelo,
27.3 Publican mapa con los usos de suelo actualizado por cada modificación (cambio) de zonificación y uso de suelo.

28.1 Publica listado de todos los permisos otorgados para construir fraccionamientos nuevos (debe incluir fecha –día, mes y año-, nombre del fraccionamiento nuevo y ubicación). 28.2 El listado incluye nombre y RFC de la compañía constructora del fraccionamiento nuevo.
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BLOQUE VI. CONSEJOS

29.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre el acta de instalación de cada uno de los Consejos/Comités municipales que se evalúan.

30. El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre la realización de la convocatoria pública para invitar y seleccionar a los integrantes ciudadanos de cada uno de los Consejos/Comités municipales que se evalúan.
31.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre que al menos el 51% de los miembros de los Consejos/Comités Municipales que se evalúan proceden de la sociedad civil (no funcionario público de algún orden de gobierno u organismo público).

32.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre la existencia de reglamento(s) de formación y/o de operación aprobados por el Cabildo para los Consejos/Comités Municipales que se evalúan e indican las reglas específicas para elegir a sus miembros.

33.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre si en el o los reglamentos de los Consejos/Comités Municipales se establece que la selección de los nuevos integrantes ciudadanos debe realizarse a mitad del periodo de gobierno o de forma escalonada o que el cambio no se dé al inicio de la Administración. Lo anterior para garantizar y/o asegurar la continuidad de los trabajos.

34.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre si son públicas (en versión impresa o electrónica) el total de actas o minutas de las reuniones del o los Consejos/Comités Municipales celebradas desde el inicio de la presente administración.

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35.1 El gobierno municipal tiene a la vista de toda persona en formato abierto, accesible y electrónico información sobre si se establece en los reglamentos del o los Consejos/Comités Municipales que las sesiones ordinarias y extraordinarias sean públicas (con acceso para el ciudadano):

BLOQUE VII. PARTICIPACIÓN CIUDADANA

36.1 Existe Reglamento de Participación Ciudadana/Vecinal.
36.2 Indica la formación de Comités Comunitarios, Vecinales, etc.
36.3 Indica la forma de selección de los integrantes de dichos Comités
36.4 Están explicitas las funciones de los integrantes de dichos Comités
36.5 El reglamento indica que se deberá realizar una o varias consultas ciudadanas para elaborar/integrar el Plan Municipal de Desarrollo
36.6 El reglamento indica que se deberán realizar consultas ciudadanas para elaborar/integrar los Planes Operativos Anuales
36.7 El reglamento indica que podrán realizarse plebiscitos, referéndums e iniciativas populares municipales.
36.8 El reglamento indica que podrán realizarse consultas populares y ejercicios de presupuesto participativo.

 

37.1 Tiene el municipio un organismo(s) ciudadano(s) de este tipo
37.2 El organismo(s) es o son reconocido(s) por reglamento(s) municipal(es).
37.3 Existe un mecanismo para nombrar al titular o titulares de este organismo mediante un proceso de elección abierto y transparente
37.4 Existen actas o minutas que dan cuenta del funcionamiento de este organismo(s)
 
De los Requisitos para la Integración de los
Organismos de Participación Ciudadana y su Renovación
Artículo 23. Los ciudadanos del Municipio tendrán derecho a participar en la conformación de los organismos para la participación ciudadana en la forma y términos establecidos en la normatividad aplicable.
Artículo 24. Son requisitos para ser integrante del Consejo Municipal de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza.
Artículo 26. El Consejo Municipal de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza es el órgano garante de la participación ciudadana en el Municipio, con funciones de gestión y representación ciudadana, colaborando con el Ayuntamiento en la transformación de la relación entre las entidades gubernamentales y los ciudadanos, cuyas determinaciones podrán ser vinculatorias en los términos que establece el Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio de Lagos de Moreno.
Comité Vecinal
Comité de Obra
Comité de Programas
Reportes de  Comité de Participación Social.
Mecanismos de Participación Ciudadana.

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BLOQUE VIII. CABILDO

38.1. Lista de Comisiones Edilicias 2021-2024.
38.2. Programa de trabajo de cada Comisión.
38.3. Informe anual de cada Comisión.
38.4. Actas de reunión de cada Comisión.
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39.1. Sesiones Ordinarias Públicas.
39.2. Sesiones Ordinarias Abiertas.
39.3. Sesiones Extraordinarias Públicas.
39.4. Sesiones Extraordinarias Abiertas.
 
Artículo 142. del Reglamento de Gobierno del Municipio de Lagos de Moreno.
Publicidad de las sesiones y casos de excepción.
Las sesiones del Ayuntamiento son públicas, salvo aquellas que por causas justificadas y previo acuerdo del Ayuntamiento se celebren sin permitir el acceso al público ni a los servidores públicos municipales.
Artículo 128. Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio de Lagos de Moreno.
El ayuntamiento abierto es el mecanismo de participación mediante el cual los habitantes de un municipio a través de representantes de Comités Vecinales de Participación Ciudadana debidamente registrados, tienen derecho a presentar propuestas o peticiones en determinadas sesiones que celebre el ayuntamiento con este fin.
 
DE LAS SESIONES DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO 2021-2024

CON FUNDAMENTO EN  EL REGLAMENTO DEL GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE LAGOS DE MORENO, JALISCO.

DE LA CONVOCATORIA. Las Sesiones del Pleno del Ayuntamiento, serán convocadas por el Presidente Municipal, por conducto de la Secretaría General, por escrito y se celebraran con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes. (Artículo 136)

CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA. La convocatoria para sesión deberá señalar el tipo de sesión a la cual se cita y contener el lugar, el día, la hora y el orden del día de los asuntos a tratar. (Artículo 137)

ENTREGA DE LA CONVOCATORIA Y DOCUMENTOS A TRATAR. La convocatoria y los documentos a tratar en las sesiones ordinarias y solemnes deberán entregarse a los munícipes, como mínimo, con veinticuatro horas de anticipación. (Artículo 138) 

ORDEN DEL DÍA DE LAS SESIONES ORDINARIAS. 
 I. Lista de asistencia, determinación del quórum y declaración de legal instalación de la sesión.
II. Lectura, discusión y aprobación, en su caso, de la orden del día.
III. Lectura, discusión y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.
IV. Lectura y turno, en su caso, a comisiones de las comunicaciones recibidas.
V. Presentación de iniciativas y turno, en su caso, a comisiones edilicias.
VI. Lectura, discusión y aprobación, en su caso, de los dictámenes y puntos de acuerdo.
VII. Asuntos generales.   (Artículo 139)         

CASOS DE EXCEPCIÓN PARA CONVOCAR A SESIÓN.
Si por iniciativa de los integrantes del Ayuntamiento, se pide al Presidente Municipal que convoque a sesión, y no lo hace, en el plazo de un mes:
I. La mayoría de los integrantes del Ayuntamiento podrá citar en los términos del presente capítulo.
II. La convocatoria deberá ser comunicada al Presidente Municipal con una anticipación de setenta y dos horas. (Artículo 140)

CLASIFICACIÓN DE LAS SESIONES.
Las sesiones del Ayuntamiento pueden ser ordinarias, extraordinarias y solemnes, conforme a lo siguiente:
I. Son sesiones ordinarias, por regla general, todas las sesiones del Ayuntamiento;
II. Son sesiones extraordinarias, las que se celebran para tratar asuntos urgentes relacionados con la atención de los servicios públicos indispensables para la población; y aquellas que se efectúen para elegir al Presidente Municipal, en los casos previstos en la Ley del Gobierno Municipal; y
III. Son sesiones solemnes las que se celebran para la conmemoración de aniversarios históricos y para la realización de aquellos actos o ceremonias análogas en importancia, cuando así lo determine el Ayuntamiento; y aquéllas en que concurran representantes de los Poderes de la Federación o del Estado, personalidades distinguidas de los Estados de la República u otros países.   (Artículo 141)               

PUBLICIDAD DE LAS SESIONES Y CASOS DE EXCEPCIÓN. 
Las sesiones del Ayuntamiento son públicas, salvo aquellas que por causas justificadas y previo acuerdo del Ayuntamiento se celebren sin permitir el acceso al público ni a los servidores públicos
municipales.
Son sesiones con carácter de reservadas, las que versen sobre asuntos de seguridad pública; cuando exista algún riesgo inminente que ponga en peligro la gobernabilidad o la tranquilidad de la población; o cuando por la naturaleza del asunto tenga que ver con cuestiones internas del Ayuntamiento.
Cuando el público asistente a las sesiones no guarde el orden debido, el Presidente Municipal puede auxiliarse de la fuerza pública para desalojar el recinto en donde sesione el Ayuntamiento. (Artículo 142)

CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES

Las sesiones se celebran, conforme a la convocatoria respectiva, en el Salón de Plenos o, en su caso, en el lugar que previamente acuerde el Ayuntamiento.

La convocatoria y los documentos a tratar en las sesiones ordinarias y solemnes deberán entregarse a los munícipes, como mínimo, con veinticuatro horas de anticipación, eI Ayuntamiento tiene la obligación de celebrar una sesión como mínimo al mes. 

Las sesiones de Cabildo se llevan acabo mayormente en la Calle Juárez S/N planta baja, en la Sala de Sesiones Miguel Hidalgo de Palacio Municipal, Jalisco, a excepción de algunas sesiones.

A continuación podrá consultar la fecha, hora y lugar de cada una de las sesiones de cabildo en la presente administración.

VALIDEZ DE LAS SESIONES.
El Ayuntamiento sesiona válidamente con la asistencia de la mayoría de sus integrantes, pero contando necesariamente con la presencia del Presidente Municipal o del munícipe que designe el Ayuntamiento para conducir la sesión en ausencia del mismo, en los términos dispuestos por la Ley del Gobierno Municipal.  (Artículo 144) 

INSTALACIÓN DE LA SESIÓN.
La Secretaría General verificará la existencia de quórum, debiendo comunicarlo al Presidente Municipal. Hecho lo anterior, se declarará instalada la sesión. (Artículo 145)

DISCUSIÓN Y VOTACIÓN DE LOS ASUNTOS.
Una vez instalada la sesión, son discutidos y, en su caso, votados los asuntos contenidos en el orden del día, excepto cuando con base a consideraciones fundadas, el propio Ayuntamiento acuerde posponer la discusión o votación de algún asunto en particular. (Artículo 146) 

Aquí podrás consultar los videos de las sesiones de cabildo.

 

ACTAS DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL  2021-2024.

Currículums de Cuerpo Edilicio,  Funcionarios de Primer Nivel y Directorio General.

BLOQUE IX. ATENCIÓN CIUDADANA

TRÁMITE DE LICENCIAS Y AMPLIACIÓN DE CONSTRUCCIÓN.

En la Dirección de Ordenamiento del Territorio de Lagos de Moreno Jalisco, la licencia de construcción como la de ampliación / remodelación siguen el mismo trámite.

Ubicación: Calle Constituyentes Col. Centro #470 (a espaldas de presidencia) Colonia Centro. C. P. 47400
Teléfono: (474) 403 1047
Horario de atención ciudadana: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
Correo electrónico: ordenamientodelterritorio@ldm.gob.mx  
 
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PAGO DE MULTAS DE TRÁNSITO.

El Ayuntamiento de Lagos de Moreno, Jalisco no cuenta con el servicio y/o atribución de cobrar multas de Tránsito, por lo que no se publica información al respecto, por ser competencia del Gobierno del Estado.

No obstante se informa que el pago de infracciones lo puede hacer en la recaudadora estatal foránea #50 con ubicación y datos de contacto en:

Oficina Recaudadora Foránea #050
Municipio: Lagos de Moreno Calle: San Modesto Número: 50
Horario de Atención: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30 hrs.
Teléfono(s): (474) 7420048
 
 
REGISTRO DE BIENES INMUEBLES EN CATASTRO MUNICIPAL.

El trámite del registro de un bien inmueble en la Dirección de Catastro se realiza de manera presencial, sin que sea necesario el llenado y presentación de formato preestablecido.

Ubicación: Calle Constituyentes S/N  Esquina calle Francisco González León Colonia Centro. C. P. 47400
Teléfono: 474 741 2116 y 474 741 2717
Horario de atención ciudadana: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.
Correo electrónico: catastro@ldm.gob.mx

 

SOLICITUD DE PERMISO PARA LA EXPLOTACIÓN DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICA.
 
Área: Padrón y Licencias
Ubicación: Calle Constituyentes 472 (Atrás de Presidencia municipal) Colonia Centro. C.P. 47400, Teléfono: 474 741 2149
Horario de atención ciudadana: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.
Correo electrónico: padronylicencias@ldm.gob.mx 

 

PERMISO PARA LA OPERACIÓN DE NEGOCIOS O RENOVACIÓN DEL MISMO.
 
Área: Padrón y Licencias
Ubicación: Calle Constituyentes 472 (Atrás de Presidencia municipal) Colonia Centro. C.P. 47400, Teléfono: 474 741 2149
Horario de atención ciudadana: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.
Correo electrónico:padronylicencias@ldm.gob.mx 
Número para presentar una solicitud de información:
Marca al teléfono: (474) 74- 113 97
Sitios o ligas para presentar una solicitud de información: Utiliza el formato correspondiente y preséntala en las oficinas de la Unidad de Transparencia o por correo electrónico en la siguiente dirección: utilagosdemoreno@gmail.com  ó Ingresa  https://www.plataformadetransparencia.org.mx/
Vía SISAI 2.0 o Plataforma Nacional de Transparencia, primeramente deberá estar registrado. Una vez registrado, con su nombre de usuario y contraseña, podrá solicitar la información que requiera por parte del Ayuntamiento.
Ventanilla o estructura para presentar una solicitud de información:
Unidad de Transparencia e Información Pública Municipal de Lagos de Moreno, Jalisco.
Ubicación: Calle Nicolás Bravo #714, C.P. 47400, Centro Lagos de Moreno, Jalisco.  
Horario de atención: Lunes a Viernes de 08:00 am a 15:00 horas  para la presentación  y entrega de información.
Teléfono: (474) 74 -113-97
Adicionalmente, puedes realizar una DENUNCIA ante el Órgano Interno de Control  a través de:
Teléfono: (474) 741 1388 Correo electrónico: denuncias@ldm.gob.mx y oic@ldm.gob.mx
Ubicación: Calle Luis Moreno 286, Col Centro C.P. 47400
Horario de atención ciudadana: Lunes a viernes de 08:30 a 15:30 hrs.

Unidad de Transparencia e Información Pública Municipal del Ayuntamiento de Lagos de Moreno.
 
Lic. Marco Antonio Reyna Caudillo.
Titular de la Unidad de Transparencia e Información Pública Municipal.
Domicilio: Calle Nicolás Bravo #714, C.P. 47400, Centro Lagos de Moreno, Jalisco.
Horario de atención:  08:00 am a 15:00 horas  para la presentación  y entrega de información.
Teléfono: (474) 741 – 13-97
Correo eléctronico para solicitar información: utilagosdemoreno@gmail.com

Correo titular: transparencia@ldm.gob.mx
 
Estimado ciudadano, para la presentación de SOLICITUDES DE INFORMACIÓN se cuenta con varias opciones.
1. PERSONALMENTE.
Se pueden presentar utilizando el formato de Solicitud, en: 
Calle Nicolás Bravo No. 714, C.P. 47400, Centro, Lagos de Moreno, Jalisco.
Horario de atención: 09:00 a 15:00 horas para la presentación de solicitudes y entrega de información.
 
2. POR INTERNET.
 
Por medio del Correo electrónico a: utilagosdemoreno@gmail.com con el título “Solicitud de Información”

Solicitud de información vía SISAI 2.0 o Plataforma Nacional de Transparencia.

Primero deberás estar registrado. Una vez registrado, con tu nombre de usuario y contraseña, podrás solicitar la información que requieras por parte del Ayuntamiento.

Para registrarse en SISAI 2.0, de clic aquí.
Para registrarse en Plataforma Nacional de Transparencia, de clic aquí.

La solicitud de información no tiene costo alguno, sin embargo, la reproducción de documentos genera un costo.
Con base a la Ley de Ingresos del Municipio de Lagos de Moreno 2024 estos son los costos:  
Artículo 72.- Además de los productos señalados en el artículo anterior, el municipio percibirá los ingresos provenientes de los siguientes conceptos:
Por proporcionar información en documentos o elementos técnicos a solicitudes de información en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios:
a) Copia simple o impresa por cada hoja: $1.00
b) Hoja certificada $23.00
c) Memoria USB de 8 GB: $76.00
d) Información en disco compacto(CD/DVD), por cada uno: $10.00
Cuando la información se proporcione en formatos distintos a los mencionados en los incisos anteriores, el cobro de los productos será el equivalente al precio de mercado que corresponda. De conformidad a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, el sujeto obligado cumplirá, entre otras cosas, con lo siguiente:
1. Cuando la información solicitada se entregue en copias simples, las primeras 20 veinte no tendrán costo alguno para el solicitante;
2. En caso de que el solicitante proporcione el medio o soporte para recibir la información solicitada no se generará costo alguno, de igual manera, no se cobrará por consultar, efectuar anotaciones tomar fotos o videos;
3. La digitalización de información no tendrá costo para el solicitante.
4. Los ajustes razonables que realice el sujeto obligado para el acceso a la información de los solicitantes con alguna discapacidad no tendrán costo alguno;
5. Los costos de envío estarán a cargo del solicitante de la información, por lo que deberá de notificar al sujeto obligado los servicios que ha contratado para proceder al envío respectivo, exceptuándose el envío mediante plataformas o medios digitales, incluido el correo electrónico respecto de los cuales de ninguna manera se cobrará el cobro al efectuarse a través de dichos medios. 
Transmisión de las Sesiones de Cabildo. Aquí podrás consultar los videos de las sesiones de cabildo.
Transmisión de las Sesiones de las Comisiones Edilicias. Aquí podrás consultar los videos de las sesiones de las Comisiones Edilicias. Dichos videos se suben al día hábil siguiente de su celebración.
Uso de nuevas tecnologías de la información:
Portal de Obligaciones de Transparencia ingresa en: https://ldm.gob.mx/transparencia/
Portal del Gobierno Municipal de Lagos de Moreno ingresa en: https://ldm.gob.mx/